TOLUCA, Edomex (ESHJC-EPAJC).- Para
ocupar los cargos de secretario del ayuntamiento, director de obras públicas y
director de desarrollo económico o unidades administrativas equivalentes se
deberá contar con la certificación de competencia laboral expedida por el
Instituto Hacendario del Estado de México (IHAEM), establece el dictamen
aprobado por unanimidad de la Comisión de Legislación y Administración
Municipal de la LIX Legislatura mexiquense.
Las reformas a la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, propuestas por el gobernador Eruviel Ávila Villegas fortalecen la profesionalización del servicio público, coincidieron los diputados durante la reunión de trabajo de este órgano parlamentario presidido por el diputado Tassio Benjamín Ramírez Hernández (Verde Ecologista).
Las reformas a la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, propuestas por el gobernador Eruviel Ávila Villegas fortalecen la profesionalización del servicio público, coincidieron los diputados durante la reunión de trabajo de este órgano parlamentario presidido por el diputado Tassio Benjamín Ramírez Hernández (Verde Ecologista).
En
presencia de funcionarios del IHAEM, los diputados consideraron que la
propuesta de reforma a los artículos 92, 96 Ter, 92 y 96 Quintus del citado
ordenamiento contribuirán a mejorar la gestión y los servicios públicos
municipales.
El
dictamen, turnado a la Directiva para su programación ante el Pleno, establece
que el director de obras públicas o el titular de la unidad administrativa
equivalente, además de los requisitos establecidos en la ley, deberá tener
título profesional en ingeniería, arquitectura o alguna área afín, con una
experiencia mínima de un año.
Igual
circunstancia aplicará para el director de Desarrollo Económico, o equivalente,
que deberá contar con título profesional en el área económico administrativa, y
en ambos casos deberán acreditar dentro de los seis meses siguientes a la fecha
que inicien funciones la certificación de competencia laboral expedida por el IHAEM.
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